Este jueves arribó al Pleno del Congreso de Michoacán la iniciativa de reforma a la Constitución del Estado sobre la UMSNH, con lo que arranca el proceso legislativo
Morelia, Michoacán.- Este jueves arrancó el proceso legislativo para reformar la Constitución Política del Estado, sobre la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo ().
La iniciativa elaborada por el Ejecutivo estatal fue presentada ante el Pleno del Congreso este día, y de ahí remitida a la Comisión de Puntos Constitucionales para dar arranque a su análisis y dictaminación, primero determinando si “ha lugar” o no, es decir, habrá de revisarse si contraviene o no algún precepto constitucional antes de ser revisada de fondo.
En la reforma se busca establecer que la UMSNH contará con un presupuesto pleno para el desarrollo de sus funciones, el cual deberá ser por lo menos el 4.5 por ciento del Presupuesto de Egresos del Gobierno de Michoacán, en la lógica, que no podrá ser inferior al otorgado en el ejercicio inmediato anterior.
De aprobarse la reforma antes de concluir el año, y partiendo de la estimación de presupuesto anual para 2025 de 96 mil millones de pesos referida por el secretario de finanzas Luis Navarro, para el próximo año los recursos para la UMSNH serían por el orden de cuatro mil 320 millones, lo que significaría un alza del 16.54 por ciento con respecto a lo que le aprobaron para el 2024.
La reforma propuesta es al artículo 143 de la Constitución local, para establecer de inicio que “las Universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este Título, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas, fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal docente; y administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales tanto del personal docente como del administrativo, se normarán conforme lo dispone la fracción VII del artículo tercero de la Constitución General de la República”.
Agrega además que la UMSNH “es una institución de servicio, con personalidad jurídica y patrimonio propio; con autonomía plena dedicada a la educación media superior y superior, en sus diversos niveles y modalidades, la investigación científica, la difusión de la cultura y la extensión universitaria”.
Luego se incorpora lo correspondiente al presupuesto anual con que deberá contar, agregando que la elección del cargo de rector “se realizará de forma democrática, para lo cual, se deberá contar con la participación de sus órganos de gobierno y los tres sectores de la comunidad universitaria, siendo éstos, el de estudiantes, el de docentes y el de administrativos, los cuales deberán encontrarse en activo”.
Finalmente se incorpora que la UMSNH contará con un sistema propio de pensiones y jubilaciones para el personal docente y administrativo.
Plazos para la reforma de la UMSNH
Dentro de los artículos transitorios establece que el Consejo Universitario deberá adecuar y aprobar en un plazo no mayor a 120 días naturales la armonización con el Estatuto Universitario y demás legislación universitaria. Mientras no se realicen estas adecuaciones y se aprueben, prevalecerán en todo aquello que no se oponga al decreto aprobado.
También se establece un plazo de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor de la reforma constitucional, para que la Universidad realice la consulta previa, libre e informada a su comunidad universitaria y a los órganos de gobierno competentes en términos de lo dispuesto por la Ley General de Educación Superior, para efectos de realizar las adecuaciones a la normativa que corresponda.
“Todos los derechos y obligaciones de los trabajadores de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, así como las jubilaciones y pensiones concedidas con anterioridad al presente Decreto, se respetarán en términos de la legislación aplicable al momento de su otorgamiento”.